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Presentación electrónica de escritos de trámite

Presentación electrónica de escritos de trámite

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  • Iniciar trámite

Iniciar trámite

Iniciar trámite

IMPORTANTE: Se deberá presentar tantas copias firmadas en papel del escrito inicial y documentos como personas haya demandado.

Si ha optado por la presentación telemática, deberá presentar o remitir a la Oficina de Registro y Reparto de la sede judicial ante la que lo presentó (por correo certificado o cualquier otro medio adecuado que deje constancia de la presentación o envío) las copias firmadas en el plazo de tres días hábiles (art. 273.4 Ley Enjuiciamiento Civil).

Si la oficina judicial, al examinar la demanda, no ha recibido las copias firmadas, le requerirá para que las aporte en 5 días (art 275 LEC) con apercibimiento que, de no hacerlo, la demanda se tendrá por no presentada o los documentos por no aportados.

En estos casos, si ya remitió las copias y le consta la recepción, conviene que se ponga en contacto con el juzgado que le haya requerido.

Iniciar tramite Presentación electrónica de escritos de trámite

Tramitación en línea

  • Iniciar presentación telemática

Tramitación presencial

  • Descargar el formulario de escrito para su cumplimentación manuscrita
  • Directorio judicial

Preguntas frecuentes

¿Qué es un escrito de trámite?

Un escrito de trámite es un documento redactado por quien es parte en un procedimiento judicial, dirigido a ese procedimiento, y que puede tener por objeto poner en conocimiento del juzgado cualquier hecho relevante para la tramitación o desarrollo del procedimiento, cumplir una formalidad prevista legalmente, recurrir una resolución judicial o procesal, contestar una pretensión de la parte contraria....

¿Quién puede presentar escritos de trámite?

Cualquier persona física o jurídica que sea parte en un procedimiento judicial en curso y que disponga de  DNI electrónico, Certificado digital o @clave

¿Y una hora inhábil?

Son horas inhábiles las transcurridas desde las 20:00 horas y las 08:00 horas del día siguiente.

¿Puedo presentar escritos de trámite en cualquier procedimiento?

No. Únicamente en los procedimientos que se pueden iniciar y tramitar a través de esta Sede Judicial Electrónica, esto es: procedimiento monitorio (civil y laboral), juicio verbal civil,  actos de conciliación y procedimiento de ejecución de títulos judiciales derivados de estos procedimientos.

¿Qué es un día inhábil?

Son días inhábiles los sábados y domingos, los días 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional, los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma y en localidad sede del juzgado, y todos los días del mes de agosto.

Descripción Presentación electrónica de escritos de trámite

Descripción

A través de este servicio es posible la presentación electrónica de escritos de trámite en cualquier procedimiento ya iniciado, y cuya tramitación sea posible a través de esta Sede Judicial Electrónica.

Saber más Presentación electrónica de escritos de trámite

Saber más

Un procedimiento judicial implica una sucesión de actuaciones procesales, que pueden consistir bien en resoluciones dictadas por el órgano judicial, bien en actos de las partes (demandantes y demandadas). Estas últimas consisten en escritos dirigidos al órgano judicial y que se denominan "escritos de trámite".

Los escritos de trámite pueden tener un contenido muy variado: presentar un recurso contra una resolución con la que no se está de acuerdo, comunicar el cambio de domicilio, aportar pruebas en el procedimiento, contestar un requerimiento de subsanación solicitado por el juzgado, pedir la suspensión de una vista, comunicar el pago de la deuda…

Es muy importante que tenga en cuenta que algunos escritos de trámite deben presentarse en plazos concretos, de forma que si lo son cuando éste ya ha transcurrido, el juzgado está obligado a inadmitirlos. Por ejemplo, los recursos. Los escritos que están sujetos a plazo normalmente lo indican en su contenido.

Para calcular correctamente el plazo deberá tener en cuenta:

  • Que el plazo empieza a contarse el día que se ha recibido la notificación (si se ha solicitado la comunicación en papel, cuando se recibe la carta certificada remitida por el Juzgado; si se ha solicitado la comunicación telemática, cuando se abre el mensaje recibido en la Carpeta Ciudadana de la Generalitat Valenciana, o cuando se dejan transcurrir tres días sin acceder a ella contados desde la correcta remisión).
  • Que si ha recibido la notificación un día u hora inhábil, deberá retrasar el inicio del cómputo al primer día hábil siguiente (por ejemplo, si accede al a notificación un viernes a las 21,00 horas, se entiende notificada el lunes siguiente, si no es festivo)
  • Que en el cómputo de los plazos no se tienen en cuenta los días inhábiles.

Para facilitar la identificación y correcta tramitación de estos escritos de trámite, es conveniente que la descripción del escrito sea lo más concreta y precisa posible.

Requisitos Presentación electrónica de escritos de trámite

Requisitos

Para acceder a este servicio se debe:

  1. Tener intervención en un procedimiento judicial cuya tramitación sea posible a través de esta Sede Judicial Electrónica
  2. Disponer de un sistema de identificación electrónico, que puede ser:
  • DNI electrónico
  • Certificado digital
  • @clave

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