Solicitud alta servicio electrónico de actos de comunicación - Sede Electrónica Administración Justicia
Solicitud alta servicio electrónico de actos de comunicación
Descripción tramite alta actos de comunicación
Descripción
Al darse de alta en este servicio usted recibirá de forma electrónica, las notificaciones y comunicaciones que a partir de ese momento le remitan los órganos judiciales ubicados en la Comunitat Valenciana en los procedimientos en los que usted sea parte y no cuente con representación procesal (Procurador/a y/o Abogado/a).
Al darse de alta en este servicio podrá acceder a los actos de comunicación judiciales desde la carpeta ciudadana y desde el módulo de notificaciones de la Generalitat.
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La Ley 18/11, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, reconoce en su artículo 4, el derecho de la ciudadanía a relacionarse con la Administración de Justicia utilizando medios electrónicos, y en concreto a elegir, entre aquellos que en cada momento se encuentren disponibles, el canal a través del cual relacionarse por medios electrónicos con la Administración de Justicia. Además, el art. 33 permite elegir en todo momento la manera de comunicarse con la Administración de Justicia, bien por medios electrónicos, bien por los tradicionales.
Al darse de alta en este servicio recibirá de forma electrónica las notificaciones y comunicaciones que le remitan los órganos judiciales en los procedimientos en los que usted sea parte, y no cuente con representación procesal (Procurador/a y/o Abogado/a).
El acceso a estos actos de comunicación judicial se realiza a través del módulo de notificaciones o de su Carpeta Ciudadana de la Generalitat Valenciana
Si se da de alta en el sistema deberá tener en cuenta:
- Que el acto de comunicación se entenderá realizado en el momento*en el que usted acceda al mismo a través Carpeta Ciudadana
- Estos actos de comunicación permanecerán accesibles durante tres días hábiles**.
- Que en el caso de que se le haya remitido correctamente un acto de comunicación y transcurran esos tres días sin que haya accedido a su contenido***, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos.
- Para facilitar que usted tenga conocimiento de que le ha sido remitido un acto de comunicación, cuando reciba en el módulo de notificaciones o en la Carpeta Ciudadana una comunicación, le será enviado un mensaje a la dirección de correo electrónico que usted haya designado****.
(*) Si accede en un día/hora inhábil, la notificación se entiende realizada en el primer momento hábil siguiente.
(**) Son inhábiles los sábados, domingos y festivos (en la localidad sede del juzgado o tribunal donde se tramita el procedimiento)
(***) Salvo que se presente justificación sobre la falta de acceso al sistema de notificaciones durante ese periodo.
(****) Este aviso no produce ningún efecto jurídico y no excluye el deber de acceder el módulo de notificaciones o la Carpeta Ciudadana.
Requisitos tramite alta actos de comunicación
Requisitos
A este servicio pueden acceder las personas físicas (no las personas jurídicas ni las personas físicas con certificado de representante de entidad).
Para acceder a este servicio se debe disponer de:
-
DNI electrónico
-
Certificado digital
-
@Clave
Preguntas frecuentes
¿Quién puede darse de alta en el sistema?
Cualquier persona física que disponga de DNI electrónico, Certificado digital o @clave
No. Únicamente los que le remitan los órganos judiciales con sede en la Comunitat Valenciana, en los procedimientos en los que usted sea parte y no cuente con representación procesal (Procurador/a y/o Abogado/a).
Si el procedimiento en el que usted es parte se está tramitando en un órgano judicial ubicado fuera de la Comunitat Valenciana, puede consultar los servicios similares disponibles en la dirección web: http://www.administraciondejusticia.gob.es/paj/publico/pagaj/mapaSedes/.
¿Dónde puedo consultar estas comunicaciones y notificaciones?
En el módulo de notificaciones o en su Carpeta Ciudadana
¿Cómo puedo saber que me han enviado una notificación?
Para facilitar que usted tenga conocimiento de que le ha sido remitido un acto de comunicación, cuando reciba en el módulo de notificaciones o en su Carpeta Ciudadana una comunicación, le será enviado un mensaje a la dirección de correo electrónico que usted haya designado.
Este aviso no tiene efecto jurídico y no excluye que deba acceder periódicamente al módulo de notificaciones o a su Carpeta Ciudadana para comprobar si ha recibido nuevas comunicaciones.
¿Puedo acceder a las notificaciones en cualquier momento?
El sistema está disponible 24 horas al día, los 7 días de la semana
En el caso de que se le haya remitido correctamente un acto de comunicación y transcurran esos tres días sin que haya accedido a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos, en la misma forma que si hubiera accedido a ella.
Hay que distinguir tres supuestos:
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Que usted no haya accedido a la notificación en el módulo de notificaciones o en la Carpeta Ciudadana en el plazo de 3 días hábiles desde que fue remitida por el Juzgado o Tribunal.
- En ese caso la notificación se entiende realizada ese tercer día.
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Que usted haya accedido a la notificación en el módulo de notificaciones o en la Carpeta Ciudadana antes de esos 3 días hábiles desde que fue remitida por el Juzgado o Tribunal, y lo haya hecho en un día/hora inhábil (son días inhábiles los sábados, domingos y festivos en la localidad sede del juzgado o tribunal, y son horas inhábiles las que van desde la 22:00 hasta las 08:00).
- En ese caso la notificación se entiende realizada el primer día/hora hábil siguiente.
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Que usted haya accedido a la notificación en el módulo de notificaciones o en la Carpeta Ciudadana antes de esos 3 días hábiles desde que fue remitida por el Juzgado o Tribunal, y lo haya hecho en un día/hora hábil (días laborables en la localidad sede del juzgado o tribunal, entre las 08:00 y las 22:00).
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En ese caso la notificación se entiende realizada en el momento del acceso.
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En ese caso la notificación se entiende realizada en el momento del acceso.
Sí, en cualquier momento dándose de baja en el sistema. A partir de ese momento, las comunicaciones y notificaciones judiciales le serán remitidas al domicilio que conste en el órgano judicial que esté tramitando el procedimiento en el que usted sea parte. Por ello es conveniente que verifique que dispone de sus datos de contacto actualizados.
¿Durante cuánto tiempo puedo consultar las comunicaciones que me han enviado?
Si ha accedido a la comunicación dentro de los tres días hábiles desde que le fue remitida, puede acceder posteriormente a ellas en cualquier momento.
Si no accedió dentro del plazo de tres días hábiles desde que le fue remitida, la comunicación deja de estar disponible y para conocer su contenido deberá acudir al órgano judicial.